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jueves, febrero 13, 2025

Ejecutivo facilita uso de factoring ampliando plazo para presentar facturas comerciales

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El Poder Ejecutivo amplió de 2 hasta 4 días siguientes a la emisión, de manera excepcional, el plazo para que las empresas remitan las facturas electrónicas y las pongan a disposición del adquirente y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Asimismo , las empresas proveedoras de bienes o servicios no se verán limitadas para acceder al mecanismo de factoring y obtener liquidez que requieren para sus operaciones empresariales.

Sin embargo cuando se publicó el Decreto de Urgencia N° 013-2020, que promueve el Financiamiento de la Mipyme, Emprendimientos y Startups, se dispuso que la emisión de la factura electrónica sea puesta a disposición del adquirente del bien o usuario del servicio, en un plazo máximo de hasta 2 días calendario, computados desde ocurrida la emisión.

Cabe señalar que el producto de los efectos del covid-19 sobre la economía local, en el que se registraron importantes caídas de ventas durante 2020, muchas empresas no han podido realizar las adecuaciones operativas requeridas para poder informar en el plazo establecido en el Decreto de Urgencia N° 013-2020.

Finalmente la importancia del factoring en las Mype como instrumento de liquidez para el desarrollo de sus operaciones y crecimiento empresarial, radica en la facilidad que proporciona este instrumento como alternativa al tradicional crédito, a través de las empresas del sistema financiero, debido a que la evaluación de crédito se hace principalmente en función a la capacidad de pago del adquirente de los bienes o servicios.

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