José Murgia nació el Estado Plurinacional de Bolivia, argumentó el JEE al no considerarlo peruano de nacimiento; mientras que el exsecretario general del APRA declaró que esta condición es otorgada de igual forma si el individuo registrado ante el Consulado
El Jurado Electoral Especial (JEE) declaró improcedente la solicitud de inscripción del exalcalde de Trujillo y ministro de la República, José Murgia Zanner, para postular como candidato al Senado bajo al militancia del Partido Aprista Peruano (APRA) para las Elecciones Generales 2026. Este rechazo se debe a que para postular a este cargo, se debe cumplir obligatoriamente con el requisito constitucional de ser peruano de nacimiento, condición que Murgia no presenta.
Este anuncio llega en el marco de las múltiples observaciones que ha realizado el JEE sobre los 36 partidos políticos que se encuentran en campaña electoral, declarando inadmisible las planchas presidenciales de al menos 18 de ellos, entre los cuales se encuentra, de igual forma, el APRA. Ante ello, el órgano electoral otorgó un plazo de 2 días para subsanar observaciones y reevaluar la documentación para determinar si los partidos se mantienen en carrera o no.
La resolución
El rechazo a la postulación de Murgia se realizó mediante la Resolución N° 01086-2025-JEE-TRUJ/JNE, publicada el 27 de diciembre. Y es que tras verificar la documentación presentada, el órgano electoral indicó que Murgia nació en el Estado Plurinacional de Bolivia, yendo en contra de la normativa electoral vigente y de la misma Constitución que establece como requisito indispensable ser peruano de nacimiento para poder aplicar al Senado.
Reacciones a la decisión
El exsecretario general del APRA, Jorge del Castillo, cuestionó la decisión del órgano electoral, poniendo sobre la mesa que, según el artículo 7 de la Ley 32421, “son peruanos de nacimiento los hijos de peruanos nacidos en el extranjero y que fueron registrados en el Consulado”. De esta forma, el exsecretario del partido rechazaba decisión del JEE, asegurando que ello “hace gala de ignorancia o maliciosa parcialización”.
Ante ello, fuentes del APRA alegaron que apelarán a este fallo y buscarán resolver la situación en el transcurso de la semana.
Otro aprista rechazado
El JEE, de igual forma, declaró inadmisible la candidatura al Senado de Olga Cribilleros Shigihara, esto tras detectar múltiples observaciones en la documentación presentada en su expediente de inscripción. “No cumple con el requisito de presentación de la declaración jurada de consentimiento, de veracidad del contenido de la hoja de vida y de no tener deuda pendiente por reparación civil”, argumentó el órgano electoral, otorgándole un plazo de 2 días para realizar las correcciones pertinentes.
