Además, en la medida del Congreso no procede la prisión preventiva en los casos de inminente aplicación de la legítima defensa propia.
El Congreso de la República aprobó el proyecto de ley sobre legítima defensa, que tiene el objetivo de eximir de responsabilidad penal a los ciudadanos que, en una situación de peligro inminente, hagan uso de la fuerza (se incluye letal) para proteger la vida o la integridad propia o de terceros.
La votación dio luz verde con 78 votos a favor, 19 en contra y 2 abstenciones, el Legislativo aprobó en segunda votación el texto sustitutorio del dictamen presentado por la congresista Patricia Chirinos (Avanza País), que tenía como propósito modificar el Código Penal y el Código Procesal Penal.
Asimismo, el dictamen establece que la práctica de la legítima defensa tiene que derivar de una agresión real dentro de un inmueble, medio de transporte, negocio, empresa, asociación civil, lugar de trabajo o en algún inmueble que sea de propiedad de quien propició la arremetida.
Modificación de artículo
La presidenta de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Janet Rivas Chacara (Perú Libre), explicó que se modifica el numeral 3 del artículo 20 del Código Penal, Decreto Legislativo 635 sobre Inimputabilidad donde quedan exentos de responsabilidad penal «el que obra en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros, con uso de la fuerza, incluido el uso de la fuerza letal».
También se determinó que no procede la prisión preventiva «en los casos de inminente aplicación de la legítima defensa propia o de tercero conforme a ley; salvo la presencia de antecedentes y/o pruebas fehacientes que justifiquen la existencia del delito o que recaiga sobre la persona sentenciada firme condenatoria».