Nacional: Senado no podrá ser disuelto según nueva resolución del Congreso
Según la nueva resolución emitida por el Congreso que indica el nuevo reglamento que regirá al Senado, señala que este no podrá ser disuelto, incluso podrá seguir ejerciendo funciones aún cuando la cámara de Diputados sí se encuentre disuelta. Además, los senadores no podrán renunciar a su cargo a menos que sean vacados por motivos mayores.
¡No podrá ser disuelta! Congreso oficializa resolución que indica los reglamentos que delimitará la composición y funciones del retornante Senado que formará parte del nuevo sistema bicameral que entrará en vigencia a partir de las Elecciones Generales 2026. Entre sus atribuciones clave se encuentra la incapacidad para ser disuelto aún cuando haya una disolución constitucional de la cámara de Diputados, la cual también entrará en vigencia a partir del siguiente año.
Nuevas funciones
Tras reinstaurar la bicameralidad, el Congreso mediante la Resolución Legislativa N.° 006-2025-2026-CR, ha oficializado las nuevas funciones, composiciones y atribuciones clave como parte del reglamento que regirá al Senado, el cual vuelve al ámbito político tras haber sido disuelto en 1992. Esta nueva resolución establece que la cámara alta estará integrada por 60 senadores, los cuales podrán mantenerse en el cargo por un periodo de 5 años y con la capacidad de ampliar este número mediante la ley orgánica.
Entre sus funciones, el Senado podrá ejercer funciones legislativas, puesto que actuará como "segundo filtro" al tener la capacidad de revisar proyectos de ley que hayan sido aprobados previamente por la cámara de Diputados, teniendo la capacidad de ratificarlos, modificarlos o rechazarlos, antes de promulgar una norma de forma oficial. Además, podrán incidir en ratificar tratados en materia de derechos humanos, soberanía, defensa y finanzas del Estado.
En el documento señala que sus recintos e instalaciones serán de carácter inviolables y que ninguna autoridad ni fuerza pública podrá ingresar dentro de ellas sin autorización previa del mismo presidente del Senado. La sede principal estará ubicada en Lima y solo podrá ser trasladada en caso se deba reubicar a sus miembros para garantizar su resguardo.
No podrá ser disuelta
En la resolución también señala que, conforme al artículo 134 de la Constitución, el Senado no podrá ser disuelto, aún cuando haya una disolución institucional de la Cámara de Diputados. Aunque la cámara baja se encuentre en proceso de elección de nuevos diputados, la cámara alta no paralizará sus acciones y continuará ejerciendo plenamente sus atribuciones constitucionales. Además, el cargo de senador será irrenunciable, por lo que un funcionario solo podrá ser declarado en vacancia en caso de fallecimiento, destitución, o incapacidad física o mental que le impida realizar su función.