El nuevo Congreso en nuestra Constitución
Escribe: Carlos Talledo Manrique, Director del Área de Litigios Civiles y Constitucionales, en HRG Abogados.
El Congreso es una institución pilar y fundamental de nuestra democracia y del equilibrio de poderes, es en el parlamento donde reside el poder del pueblo, en sus diferentes matices, vertientes e ideologías, es el centro de la discusión política de nuestro país, la cual, debe discurrir en acuerdos de los diferentes frentes políticos que allí se encuentran representados, para la viabilidad de nuestro país y su gobierno, a pesar de los constantes ataques que dicha institución recibe, con el claro propósito, muchas veces, de mellar su impronta en nuestra democracia.
Debemos entender también que, como cualquier creación humana, esta es imperfecta, y debe ir perfeccionándose conforme el tiempo va demostrando sus falencias, por ello, considero que las críticas deben ser dirigidas a los Congresistas; es decir, a las personas, quienes no comprenden la importancia de su labor, invirtiendo su tiempo en generar lobbies o canjear cuotas de poder y no a la institución en sí misma.
La bicameralidad (130 Diputados y 60 Senadores) y la reelección por un período adicional permitirán también generar cuadros políticos, mesura en las votaciones, y fortalecimiento de nuestro débil sistema democrático, dejando atrás tanta improvisación; finalmente, será el pueblo quien decida reelegir o no a los Congresistas. Sin embargo, debería incluirse una reforma que establezca la renovación intermedia como control democrático del parlamento.
En cuanto a los Congresistas o Parlamentarios, debemos indicar que, conforme a lo establecido en nuestra Constitución y el Reglamento del Congreso, la labor de un Congresista se limita a tres funciones básicas: Legislar, Fiscalizar y Gestionar. La función de legislar se refiere a la facultad de cada parlamentario para presentar proyectos de ley, deliberar sobre su conveniencia y en su oportunidad aprobarlos o rechazarlos. Estas leyes no deben contravenir lo establecido por nuestra Carta Magna ni vulnerar derechos fundamentales. La labor de fiscalización es propia de la majestad del parlamento y se refiere al control que ejerce sobre el Poder Ejecutivo a fin de equilibrar la balanza de poderes, analizar sus directivas de gobierno, así como, evitar excesos o actitudes dictatoriales. Esta facultad se extiende a los gobiernos regionales y municipales, respecto a la ejecución de presupuestos y obras. Por último, la labor de gestión se refiere al trabajo en conjunto que deben realizar los parlamentarios con los Gobierno Regionales y Municipales de su distrito electoral a fin de conocer la problemática de cada localidad y buscar, ante los diferentes ministerios, la aprobación de obras de infraestructura necesarias para el desarrollo del país. Está gestión se limita al apoyo que un parlamentario puede brindar frente a la burocracia del gobierno central. Como se desprende de lo indicado, los Congresistas no manejan presupuestos y están prohibidos por la Constitución de generar gastos al erario nacional (Artículo 79º) caso contrario, estaríamos ante un despilfarro electorero colosal.
Este tema origina una diversidad de problemas y debates, pero lo que debe quedar incólume es la importancia vital del Parlamento y su impronta en una democracia, el centro de la balanza en el ejercicio del poder, por ello, debemos reforzarla y perfeccionarla, pero, bajo ningún circunstancia vulnerar su independencia o majestad.
Aún queda mucho por debatir, analizar y mejorar en la forma de elección, el sistema electoral o de votación a utilizar y, sobre todo, rebatir los argumentos en contra que siempre se escuchan pero que solo buscan evitar la mejora de nuestro sistema político en desmedro de nuestra democracia.