Como parte de las acciones para atender la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, el Gobierno nacional está realizando vuelos a baja altura con helicópteros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú para monitorear las medidas implementadas de distanciamiento e inmovilización social.
En este marco, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), recuerda que las aeronaves piloteadas a distancia (RPAS o drones) deben cumplir con la normativa vigente en salvaguarda de la seguridad de las personas.
Además, el MTC emitió un aviso a la comunidad aeronáutica (Notam A2138/20) que establece que los vuelos con RPAS o drones deben realizarse a una altura máxima de 350 pies (106 metros).
Se recuerda que las operaciones de RPAS o DRONES de entidades del Estado en todos sus niveles (ministerios, INDECI, Fuerzas Armadas, PNP, gobiernos regionales, municipalidades, entre otros) y de los medios de comunicación están permitidas por considerarse de interés público, bajo el cumplimiento de la normativa vigente.
Asimismo, los ministerios del Interior y de Defensa, dentro del alcance de sus competencias, podrán generar disposiciones adicionales relacionadas al uso de los RPAS o DRONES, las cuales serán de cumplimiento obligatorio por parte de los usuarios y público en general.